El segundo y último reglamento de la Ley de Convivencia Vial, elaborado por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones y dado a conocer esta mañana, incorporó una serie de regulaciones de cómo se deben transportar los animales de compañía para una mayor seguridad.
La normativa establece que gatos y perros pueden ser llevados siempre que no alteren la maniobrabilidad, ni interfieran la visual del conductor.
Además, agregó que es prioritario evitar el maltrato de la mascota o deterioro de su salud, por lo que en el caso del traslado en bicicleta se deberá tener un dispositivo especial, como canastos, sillas o remolques.
También, se debe asegurar a los animales con arneses o elementos apropiados que no les causen daño y que impidan que se suelten o caigan.
Eso no es todo porque la Ley de Convivencia Vial establece las sanciones para quienes incumplan la normativa como, por ejemplo, se considera una infracción menos grave conducir un vehículo sin casco protector y otros elementos de seguridad, lo que contempla una multa de entre 0,5 y 1 UTM (entre $26 mil y $52 mil, aproximadamente).
El texto, hecho público por la ministra de Transporte Gloria Hutt, fue sometido a consulta ciudadana donde participaron más de 300 personas naturales y jurídicas.
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