Un proyecto de ley que establece un nuevo ordenamiento respecto de la Copropiedad Inmobiliaria fue aprobado hace algunas semanas en la Cámara de Diputados y ahora está en su trámite en el Senado.
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La iniciativa, entre otras cosas, establece que “ya no se podrán prohibir las mascotas, aunque sí se regulará la tendencia responsable, y se podrá limitar el uso del espacio a través de un reglamento que tenga el edificio. En ningún condominio en Chile se podrá prohibir tener mascotas”, manifestó el ministro de Vivienda, Felipe Ward, en una nota publicada por @biobiochile.
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El profesor de Derecho Civil de la Universidad Finis Terrae, Juan Andrés Orrego, agregó que “de aprobarse la reforma, se entenderán inmediatamente suprimidas las prohibiciones actualmente contenidas en los Reglamentos de Copropiedad”.
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De hecho, va un poco más allá y advirtió que “al respecto, como dicha prohibición corresponde a una ‘limitación o restricción’, no cabe hablar por parte de la Administración del Condominio de un ‘derecho adquirido’. Además, cada Reglamento de Copropiedad debe cumplir con lo que establezca la Ley de Copropiedad, incluyendo las reformas que se hagan en ella a lo largo del tiempo”.
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Un aspecto no menor es qué pasará con los espacios comunes y en este punto el ministro explicó que quienes tengan animales deberán regirse por la Ley de Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañías.
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Por su parte, el abogado enunció que “el Reglamento de Copropiedad, de aprobarse la reforma, no podría tampoco establecer la prohibición de que las mascotas paseen por los espacios comunes como jardines o estacionamientos. Pero la Administración sí puede disponer que los animales, al desplazarse por los espacios comunes, lo hagan bajo la supervisión de una persona responsable, que impida que el animal ocasione daños o ensucie dichos espacios comunes”.
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